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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0180/2008
Fecha: 2012-09-19
Carátula: PIRIS CLEMENTE S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Dr. Pablo Mao
Domicilio: Moreno 415 - P.B. - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PIRIS CLEMENTE C/ S/SUCESION AB INTESTATO", Expte. Nº 0180/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre de 2.012.- Por recibido oficio. Encontrándose las actuaciones retiradas por el Dr. Pablo Mao, fórmese media carátula e intímese para que en el plazo de 48 horas las devuelva, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C.Pr.. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Carolina Scoccia - Secretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2012.-
*05TXHO.69CD2E*
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro