Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41635

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-19

Carátula: GONZALEZ Ubaldo Antonio S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: Regulación

//neral Roca, 19 de septiembre de 2012.-j

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación.-

Atento el estado de autos, regulo por la primer y segunda etapa los honorarios de los Dres. ADRIANA RODRIGUEZ CARRIQUIRIBORDE en $ 280.-, MARIELA E. GARABITO en $ 280.- y ROQUE LA PUSATA en $ 280 .-a cargo de los herederos y en $ 140.-, $ 140.- y $ 140.- a cargo de la cónyuge supérstite (MB:$ 16.000.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8, 25 y 44 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Previo a la regulación por la tercera etapa acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo libre deudas de Rentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro