Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36924

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-28

Carátula: TRONCOSO Roberto C/MARTINEZ Sandra Fabiana S/ Sumario

Descripción: audiencia

En la ciudad de General Roca, provincia de Rio Negro, siendo las, 9,20 hs. del día 28 de marzo de 2006, comparecen ante mi Secretaria Autorizante la Dra. Susana Uriz en el caracter de patrocinante de la parte actora y la Dra. Margot Perez Bambill en el caracter de patrocinante de la parte demandada.- Abierto el acto comparece una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley que presta en legal forma, dijo ser y llamarse, MARIO GUSTAVO SUAREZ, D.N.I. Nª 22.139.032 que exhibe en el acto, argentino, soltero, empleado, con domicilio real en 500 Viv. nucleo 12 Planta Baja Dto. C de General Roca, quien declara a tenor del pliego que de viva voz le formula la Dra. Perez Bambill.- 1) Por las generales de la ley.- contesto: los conozco a los dos como vecinos que era de ellos.-lo que quiero dejar asentado es que yo ya tuve problemas con este Sr. Troncoso y ya le hice dos denuncias, para que no haya ningun tipo de confusión, a la Sra. la conozco como vecina que era del barrio hasta que yo estuve viviendo ahi, me fue a ver a mi trabajo para que le saliera de testigo por lo que a ella le habia pasado.- Ningun interes personal en el pleito.- En este estado la Dra. Uriz plantea la inhabilitación del testigo para declarar en razon de las constancias de fs. 57 de la causa principal que el día 9 de mayo de 2006, tiene audiencia de debate por una denuncia realizada por el testigo al actor.- Se opone al planteo de la actora, primero porque el testigo sin ser preguntado a manifestado libremente los problemas que tuvo con el actor.- Que se resuelva el Tribunal.- Atento a los terminos que expresa la letrada para la oposición cabe indicar que las acotaciones que realizan los testigos y que sean desfavorables para alguna de las partes serán merituadas al momento de evaluar su declaración en la sentencia definitivia.- No estando incluido en el art. 427 del C.P.C. que preve los testigo excluidos cabe hacer lugar a su declaración con la salvedad expuesta precedentemente.- TODO LO QUE ASI RESUELVO.- 2)... a que distancia se encontraba su casa de la del Sr. Troncoso.- CONTESTO: De una esquina a la otra, por la misma vereda.- Por la misma vereda y el en una esquina y yo vivia en la otra esquina.- Tuve amenazas verbales constantes hacia mi persona, mis hijos, hacia mi familia.- Es mas yo no me lo podia encontrar porque me agredia cada vez que me encontraba.- El dijo que yo le habia pegado a su hijo, eso no ocurrio en ningun momento, con su hijo tuve un encontronaso porque el hijo del Sr. Troncoso agredia a mis hijos, no los podia ver en la calle que les sacaba algo, o algo les hacia, siendo que mis hijos son chicos y el chico de el es un adolescente.- 3)... en que fecha se muda.- CONTESTO: realmente no me acuerdo pero hace dos años y medio mas o menos.- La causa porque me mude es para no tener problemas con este sr. uno mismo tiene reacciones que no las puede contener y por eso me fui del barrio, aparte por miedo a lo que le podia pasar a mis hijos, en el patio de la vereda que da a la calle.- En este estado repregunta la Dra. Uriz.- 4).. si tomo conocimiento que el Sr. Troncoso lo haya denunciado por agresion a un hijo menor e insultar y amenazar a la sra. de Troncoso.- CONTESTO: si la denuncia, el me hizo la denuncia a mi por amenazas en la cual yo sali sobreseido.- 5)... si el es amigo de un Sr. llamado Oscar Hernandez.- CONTESTO: amigo no, compañero de trabajo, trabajamos en el mismo lugar.- 6)... si sabe que relación ha tenido el Sr. Oscar Hernandez con la Sra. Sandra Martinez.- CONTESTO: Se que son separados, la vida privada de ellos no ha se.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-

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