Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-17

Carátula: MAÑEZ Juan Manuel S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: Previo, aclare

Expte. 39011.-

//neral Roca, 17 de septiembre de 2012.-j

Téngase presente la aclaración formulada.-

Sin perjuicio del oficio ya ordenado a fs. 182, atento los porcentajes denunciados en la Declaración Jurada de fs. 44 (50%) y el informe de condiciones de dominio de fs. 156 y 157 (100%), aclárese tal diferencia a fin de determinar las proporciones exactas que le corresponden a cada heredero y en la forma que lo requiere el Registro de la Propiedad Inmueble.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro