Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38221

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-14

Carátula: RUCCI Enio s/ Sucesion S/ INCIDENTE

Descripción: a Camara Civil

General Roca, 14 de septiembre de 2012.s-

Téngase por presentado en el carácter de gestor procesal, la que deberá ser ratificada oportunamente.-

Previo a lo solicitado deberá acompañarse condiciones de dominio gravámenes y libres deudas de los inmuebles y libre inhibición del causante.-

Al tracto abreviado, no ha lugar por ser una decisión del escribano, quien estudia los títulos.-

En razón que a fs. 179 se efectuó regulación parcial por el acuerdo de partición entre herederos, previo a dar curso a cualquier petición, pasen vista a Caja Forense.-

Atento las constancias de fs. 241 elévense las presentes actuacionesa la Cámara de Apelaciones, sirviendo la presente de atenta nota.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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