Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0631/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-12

Carátula: CREDISUR S.R.L. C/ ADAME SARA RENEE Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0631/2012

CARATULA:CREDISUR S.R.L. C/ ADAME SARA RENEE Y OTRA S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2012.-

Agréguese.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada CAROLINA ENERINA ADAME como empleada de la Policía de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 21.179,04 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 1.869 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro