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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00466-054-12
N° Receptoría: C-3BA-10-CC2012
Fecha: 2012-09-12
Carátula: REMIRO, MARIO LUIS / MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Suspensión sanción
Expte. nro.: 00466-054-12
San Carlos de Bariloche, 12 de septiembre de 2012.-
Vienen estos autos al acuerdo a los fines de expedirnos sobre la medida cautelar solicitada por la accionante donde pide no se ejecute la sentencia dictada por el Tribunal de Faltas de la Municipalidad local, consistente en la clausura del establecimiento por el término de Diez días.-
Computando la naturaleza del servicio que presta el establecimiento de la accionante; las condiciones de la economía local al momento de constatarse la infracción y el grave perjuicio que conlleva la ejecución de la sanción, en un cuadro económico por cierto "difícil" para la actividad propia de esta ciudad, entiendo que se dan las condiciones para disponer la suspensión de la sanción aplicada, bajo caución juratoria de la solicitante por los perjuicios que pudiere irrogar, sin perjuicio de lo que pueda llegar a sostenerse al momento de tener que definir el litigio.-
c.t.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro