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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39324
Fecha: 2012-09-06
Carátula: CARMONA Marciano Norberto S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: Regulación
Expte. 39324.-
//neral Roca, 06 de septiembre de 2012.-j
Al punto I, agréguese.-
Al punto II, téngase presente.-
Al punto III, téngase presente.-
Al punto IV y al Otro Si Digo, téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-
Regulo por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Dino Daniel Maugeri en la suma de $ 460.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 230.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 6.588,36 arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro