include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0902/2011
Fecha: 2012-09-05
Carátula: NUÑEZ JOSE ROBERTO C/ SANTANDER DIEGO MANUEL Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ordena nueva cédula
EXPTE. N° 0902/2011
CARATULA: NUÑEZ JOSE ROBERTO C/ SANTANDER DIEGO MANUEL Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, septiembre de 2012.-
Atento la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, a lo solicitado no ha lugar.-
Hágase saber que podrá librar nueva cédula al domicilio en cuestión, ó en su caso denunciar nuevo domicilio de acuerdo a lo previsto en el art. 330 inc. 2° del CPCC o estarse a las disposiciones que rigen los arts. 343, 145, 146, 147 y cc. del código citado.-
Devuélvase la documental acompañada por improcedente.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro