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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33832IV
Fecha: 2012-09-05
Carátula: GRISANCICH Celestino y O. C/ LA BALSA SRL y O. S/ SUMARIO
Descripción: Homologación y regulación
//neral Roca, 05 de setiembre de 2012.-j
Proveyendo los escritos de fs. 554 y 555, téngase presente la ratificación de gestión formulada por los actores.-
Proveyendo el escrito de fs. 556, homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes a fs. 552. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados a favor del letrado de la parte actora.-
Regulo los honorarios del Dr. Alejandro Diez en la suma de $ 800.-
(MB: $8.856,83).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro