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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0969/94/6
Fecha: 2012-09-04
Carátula: PASCUAL ATILIO GUSTAVO Y CONTRERAS ANGELA CLARA S/ DIVORCIO VINCULAR
Descripción: OFICIO registro Civil
Viedma, septiembre de 2012.-
Al
Registro Civil de la
Provincia de Río Negro
SU DESPACHO
OFICIO N°
Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en autos caratulados: "PASCUAL ATILIO GUSTAVO Y CONTRERAS ANGELA CLARA S/ DIVORCIO VINCULAR" (Expte. Nº 0969/94/6), los que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaria única, a efectos de que proceda a la anotación marginal del fallo dictado en autos, en el Acta nº 116 del Libro de Matrimonios correspondiente al año 1.981 de la oficina de Viedma, acto celebrado entre las partes el día 06 de noviembre de 1.981, conforme lo ordenado en la sentencia que a continuación y que en su parte pertinente se transcribe: Viedma, noviembre 09 de 1.995.- Y VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO.- I.- Decretar el divorcio vincular del Sr. Atilio Gustavo Pascual (D.N.I. Nº 14.705.883) y de la Sra. Angela Clara Contreras (D.N.I. Nº 17.135.722), de conformidad con lo dispuesto por el art. 215 y con los alcances previstos en los arts. 217 y 218, todos del Código Civil. II.- Declarar disuelta la sociedad conyugal en los términos del art. 1.306 del Código Civil.- III.- ... IV.- ... V.- ... VI.- Firme que se encuentre la presente, líbrese oficio al Registro Civil de Viedma, Provincia de Río Negro, a fin de proceda a la anotación marginal del presente fallo en el acta Nº 116 del Libro de Matrimonios correspondiente al año 1.981.- VII.- Protocolícese y notifíquese a las partes personalmente o por cédula y a los Sres. Agente Fiscal y Asesora de Menores en sus respectivos despachos.- Fdo. Dr. Fermín Donate - Juez Subrogante.-
Saludo a Ud. atentamente.-
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Poder Judicial de Río Negro