Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0835/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-09-04

Carátula: MOLINA ZENONA Y QUICHAN CEFERINO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: traer informes-vista rentas-

EXPTE. N° 0835/2009

CARATULA: MOLINA ZENONA Y QUICHAN CEFERINO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, septiembre de 2012.-

Previo a la inscripción deberán oblarse los sellados y aportes de ley, darse cumplimiento con la ley 869 y acompañarse los certificados de dominio y gravámenes de los inmuebles, certificados catastrales y certificados de inhibiciones de los causantes y herederos cedentes.-

Sin perjuicio de ello estése a lo ya dispuesto a fs. 165 y a fs. 192.-

A los fines que se expida con relación a los sellados pasen los autos en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Asimismo deberá cumplirse en su totalidad con lo ordenado a fs. 227, ello atento lo que surge de fs. 229/230.-

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Poder Judicial de Río Negro