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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1223/2010
Fecha: 2012-09-04
Carátula: GIRONDE ALFREDO GILBERTO Y CALABRO DI MAIO FRANCISCA MARIA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - SUCESION DE CONYUGUES
EXPTE. N° 1223/2010.-
CARATULA: GIRONDE ALFREDO GILBERTO Y CALABRO DI MAIO FRANCISCA MARIA S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, septiembre de 2012.-
Atento lo peticionado, teniendo en cuenta el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Vicente Pili, Gabriel Savini y Hernan Laino, en conjunto, en la suma de $ 11.395 (Coef.: 2/3 del 11 % + 40 % + 50 % de 1/3 del 11 % + 40 %) y los de los Dres. Tomás Rébora y Jesica Carbajal Aranda, en conjunto, en la suma de $ 2.279 (coef. 50 % de 1/3 del 11 % + 40 %) M.B.: $ 88.792,31 -valuación fiscal-), por los trabajos comunes e incluidas las tareas de inscripción, con cargo a la sucesión, arts. 8, 25, 44, 48 y 50 Ley G 2.212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Con relación a los sellados estése a la conformidad expresada a fs. 114 vta. por la Agencia de Recaudación Tributaria.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro