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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0061/2006
Fecha: 2006-03-23
Carátula: LEFIU WALTER LEONARDO Y OTROS C/ FREDES TURISMO S.R.L. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: INIC.SUMARIO Y CITACION EN GARANTIA
EXPTE. N° 0061/2006
CARATULA: LEFIU WALTER LEONARDO Y OTROS C/ FREDES TURISMO S.R.L. Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, marzo de 2.006.-
Agréguense los certificados acompañados.-
Por promovida demanda, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella a la demandada Fredes Turismo S.R.L. por el término de 10 días, a los sres. Debora Judith Franco, Francis Reydet, Betiana Iriel Reydet, Sabina Betel Reydet y Damián Alberto Reydet, en calidad de herederos de Jaime Alberto Reydes Retamal, por el término de 15 días y cítese en garantía a la Economía Comercial Sociedad Anónima de Seguros Generales por el término de 20 días, a quienes se citan y emplazan para que la contesten en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones y acompañen la prueba documental de que intenten valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc. 1º). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
No dándose los supuestos previstos por el art. 121 del Cód. Pr., a la eximisión de copias solicitada no ha lugar. En consecuencia, acompáñese 5 juegos de copias para traslado de fs. 4/70 y 7 de fs. 72.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro