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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nro.3, Sec 1
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 26948-07
N° Receptoría: OLGUIN
Fecha: 2012-09-03
Carátula: ARRIEGADA, ADRIAN ALEJANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Descripción: ---
ARRIEGADA, ADRIAN ALEJANDRO C/ MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario) (26948-07).
San Carlos de Bariloche, 3 de septiembre de 2012.-
Hagáse saber que los autos del rubro han sido extraídos de paralizados. Notifíquese (art.135 inc. 3).-
Agrèguense escritos sueltos reservados por Secretaria:
A fs. 299:
I) Téngase presente la renuncia formulada.
II) Hágase saber al apoderado renunciante que mientras el poderdante no se presente por sí o con nuevo apoderado deberá continuar con las gestiones hasta que venza el plazo fijado en el punto siguiente (artículo 53, inciso 2º, del código procesal).
III) Intímese al poderdante para que en el plazo de diez (10) días se presente por sí o con nuevo apoderado, bajo apercibimiento de tenerlo por rebelde y de continuar el juicio según su estado (artículo 53, inciso 2º, del código procesal).Notifíquese.-
A fs. 300/301- 303: Agrèguese bono ley acompañado.
Por constituido nuevo domicilio. Notifìquese.
Facilítense los autos en préstamo por dos (2) días en los términos de los artículos 127 y 128 del Código Procesal.-
Carlos Cuellar
Juez
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Poder Judicial de Río Negro