Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41818

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-31

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CASTRO Florencia Itati S/ EJECUTIVO

Descripción: Vta. a despacho p/oficio transferencia

General Roca, 31 de agosto de 2012.-g

Encontrándose firme la Sentencia Monitoria, atento las constancias de fs. 11 , glósese la documentación original de fs. 6.-

Regulo los honorarios de Marcela Adriana Saitta en $ 925.- (MB: $4.240.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, 8,9,10, 41 ley G 2212 y art. 77 del CPCyC).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Téngase presente la caución ofrecida y la conformidad prestada por Caja Forense en el otro si digo.-

Agréguese la constancia del saldo bancario.-

Previo al cheque solicitado, dese vista a Rentas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento. Conste

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Poder Judicial de Río Negro