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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0427/2012
Fecha: 2012-08-29
Carátula: NICOLA ROMINA ELIZABETH S/ QUIEBRA
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla (SINDICO)
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: RICARDO MARINO GERI
Domicilio: Moreno nº 675 P.A. - (constituido)
Ciudad: VIEDMA - R.N.
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "NICOLA ROMINA ELIZABETH C/ S/QUIEBRA", Expte. Nº 0427/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, agosto 28 de 2.012.- Agréguese el mandamiento diligenciado.- Atento lo que surge de la diligencia efectuada en la causa y de conformidad con lo previsto por el art. 36 ap. 2º inc. a) del CPCC, señálase la audiencia del día 13 de SEPTIEMBRE de 2.012 a las 10.00 horas a la que deberán comparecer personalmente la sra. Nicola junto a su letrado y el síndico actuante. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de agosto de 2012.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
*05TXHO.10ICWY*
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Poder Judicial de Río Negro