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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37281
Fecha: 2006-03-23
Carátula: GOSENDE Victorino y otros c/ BEÑALDO Cesar y Otros S/ Sumario
Descripción: sumario-inicio
General Roca, 23 de Marzo de 2006.
De la acción que se deduce, que tramitará según las normas del proceso sumario (artículo 320 CPC), traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 357 y 486 del Código citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía (art. 59 y 356 CPC). NOTIFIQUESE, a tal fin librese cedula a la ciudad de Villa Regina y a la ciudad de Allen, y oficio al Juez de Paz de General Enrique Godoy.-
Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a RIO URUGUAY COOP. SEGUROS LTDA. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de Diez días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA a Villa Regina.
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro