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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41657
Fecha: 2012-08-28
Carátula: HUENUL de HUILCAPAN Mercedes S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA
//neral Roca, 28 de AGOSTO de 2012.=
VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos caratulados "HUENUL de HUILCAPAN MERCEDES S/SUCESION" (Expte. Nro. 41.657-III-12).-
CONSIDERANDO: Se promueve el presente sucesorio por el fallecimiento de Mercedes Huenul de Huilcapan ocurrido el 08 de octubre de 1958 en San Carlos de Bariloche (Río Negro), certificado a fs.2.
La causante era viuda de Rufino Huilcapan y/o Huilcopan, quien falleció el 05 de abril de 1997 en Maquinchao (Río Negro), y cuyo sucesorio tramitó por ante éste JUzgado Civil N° 3, agregándose a fs. 4 copia de la declaratoria de herederos. Asimismo a fs. 5 obra certificación de las partidas de nacimiento de los hijos de ambos, a saber:
De dicha unión nacieron:
Lorenzo: el 02 de setiembre de 1938 en Bajo El Caín, Dpto. 25 de mayo, pcia. de Río Negro, certificado a fs. 3.-
Rosa: el 03 de abril de 1940 en Bajo El Caín, Dpto. 25 de mayo, pcia. de Río Negro, certificado a fs. 4.-
Florentina: el 03 de noviembre de 1941 en Bajo El Caín, Dpto. 25 de mayo, pcia de Río Negro, certificado a fs. 5.-
Elvira: el 06 de agosto de 1943 en Bajo El Caín, Dpto. 25 de mayo, pcia de Río Negro, certificado a fs. 6.
Las partidas de nacimiento obran en las mencionadas fojas como asimismo el reconocimiento de ser hijos de la causante surge de fs. 14, del sucesorio del cónyuge "Huilcapan y/o Huilcopan Rufino S/Sucesión" (Expte. 40.531).-
A fs. 6 vta. se declara abierta la sucesión y competente el Tribunal para entender en la misma.-
A fs. 20 y 22 obran oficios al Registro de Juicios Universales y de Testamento con lo que se acredita que a nombre de la causante no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-
A fs. 23/25 y 29/31 obran publicaciones edictuales sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los informados precedentemente.-
Por lo expuesto y dispuesto por los arts. 3565 del Código Civil y arts. 699 y 700 del CPC,
RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de MERCEDES HUENUL de HUILCAPAN, le suceden en el carácter de únicos y universales herederos sus hijos LORENZO, ROSA, FLORENTINA y ELVIRA de apellido HUILCAPAN y/o HUILCOPAN y HUENUL.
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro