Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 28268IV

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-24

Carátula: ÑANCUCHEO Doralisa C/ PEREZ Bernardino S/ DIVORCIO VINCULAR

Descripción: Oficio al Archivo

EL PRESENTE ESTÁ EXCEPTUADO DEL PAGO DEL SELLADO POR SER

UNA CARGA DEL TRIBUNAL

General Roca, de agosto de 2012.-

A la

DELEGACIÓN DE ARCHIVO

Poder Judicial de Río Negro

GENERAL ROCA

Oficio Nro.

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ÑANCUCHEO Doralisa C/ PEREZ Bernardino S/ DIVORCIO VINCULAR" (Expte. 28268IV) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, piso 2, de la Ciudad Judicial, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de ordenar proceda remitir el expediente que se encuentra archivado bajo el Nª de Orden 383, Legajo 31 del año 2009.-La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: //neral Roca, 06 de junio de 2012.-Encontrándose los autos del rubro archivados bajo el C.P. Legajo 31, Orden Nº 383, Año 2009 líbrese oficio a la Delegación de Archivo para su extracción, previo pago del sellado correspondiente.- Firmado Dra. Adriana Mariani. Juez subrogante.-"//neral Roca, 11 de julio de 2012.-j Atento lo manifestado por la Delegación de Archivo, líbrese nuevo oficio solicitando el expte. del rubro.-Dra. SUSANA TERESA BURGOSJUEZ Sin otro motivo, saludo atte.-

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Poder Judicial de Río Negro