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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0437/2005
Fecha: 2012-08-23
Carátula: LUCERO ORLANDO HORACIO C/ CASAS CLAUDIA NOEMI S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Descripción: traer informe inhibiciones
EXPTE. Nº 0437/2005
CARATULA: LUCERO ORLANDO HORACIO C/ CASAS CLAUDIA NOEMI S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)
Viedma, agosto de 2.012.-
Agréguense los informes acompañados.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que conforme lo dispone el art. 573 del CPCC resulta necesario que la parte acompañe informe de inhibiciones de la demandada expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble, previo a lo solicitado cúmplase con ello.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro