Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0437/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-23

Carátula: LUCERO ORLANDO HORACIO C/ CASAS CLAUDIA NOEMI S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)

Descripción: traer informe inhibiciones

EXPTE. Nº 0437/2005

CARATULA: LUCERO ORLANDO HORACIO C/ CASAS CLAUDIA NOEMI S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumario)

Viedma, agosto de 2.012.-

Agréguense los informes acompañados.-

Atento el estado de autos y teniendo en cuenta que conforme lo dispone el art. 573 del CPCC resulta necesario que la parte acompañe informe de inhibiciones de la demandada expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble, previo a lo solicitado cúmplase con ello.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro