Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0928/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-23

Carátula: CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ NUÑEZ CELIA NOEMI Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0928/2009.-

CARATULA: CAROSIO LUIS SANTIAGO Y OTRA C/ NUÑEZ CELIA NOEMI Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo).-

Viedma, agosto de 2.012.-

Al escrito de fs. 149:

Por presentada en el carácter invocado.-

Proveyendo a fs. 154:

Agréguense.-

Atento el estado de autos y lo solicitado a fs. 138, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Rosana Calvetti

Juez

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