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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39370
Fecha: 2012-08-23
Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/ ZILVESTEIN Gustavo A. s.suc. S/ EJECUTIVO (Ex 323-JP-07)
Descripción: regulacion
General Roca, 23 de Agosto de 2012.-g
Proveyendo a fs. 30: Téngase presente la renuncia formulada.-
Atento el estado de autos, regulo por la sentencia obrante a fs. 09 los honorarios del Dr. Pablo Bergonzi en la suma de $140.- (M.B. $ 140,80. arts. 6, 7 y 41 de la Ley 2212 RN).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Al Otro Si Digo: Agréguese el poder acompañado y téngase por presentado en el carácter invocado.-
Del nuevo domicilio constituido, traslado.-
Proveyendo a fs.33: Al punto I: estese a lo proveido precedentemente.
Al punto II: téngase presente.-
Al punto III: certífique la actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
SRA. JUEZ:
CERTIFICO que teniendo a la vista los autos "ZILVESTEIN Gustavo Ariel s/ Sucesión" (Expte. 38731) a fs. 49 obra declaratoria de herederos,con fecha 31-10-07, declarando únicos y universales herederos a sus hijos JUAN, PAULA y JULIA de apellidos ZILVESTEIN y COLOMBO, sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden al conyuge superstite CARLA MARIA COLOMBO.-
Secretaria, 23 de Agosto de 2012.-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro