Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0782/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-22

Carátula: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO

Descripción: prov

EXPTE. N° 0782/2002

CARATULA: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO

Viedma, marzo de 2006.-

Agréguese la constancia de saldo bancario acompañado.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 294.-

Previo a resolver deberán acreditarse en autos con los duplicados de las boletas correspondientes los pagos efectuados en concepto de impuesto de justicia, sellado de actuación y Colegio de Abogados incluidos en la liquidación practicada o en su caso requerirse informes a la Dirección General de Rentas y Colegio de Abogados oficiándose a tal fin.-

Con relación a la extracción de fondos, deberá requerirse previamente la conformidad de la Caja Forense.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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