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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0730/2008
Fecha: 2012-08-21
Carátula: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: autoriza a escriturar
EXPTE. N° 0730/2008
CARATULA: ARIAS ANGEL CAYETANO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, agosto de 2012.-
Agréguese la documental acompañada.-
Tiénese presente.-
Sin perjuicio de lo dispuesto a fs. 1706, atento el estado y constancias de autos, en especial la documental acompañada y teniendo en cuenta las autorizaciones ya dispuestas a fs. 1695, 1690, entre otras, la conformidad expresada por los herederos a fs. 1030 y lo dispuesto a fs. 1697, procédase a realizar la escritura traslativa del bien inmueble designado como parcela 1 de la manzana 761 de "La Lobería" por el sistema de tracto abreviado.-
Tiénese presente la intervención de la escribana Silvina Costanzo.-
Expídase testimonio y/copia certificada de la presente, previo pago del sellado de ley.-
Tiénese presente la autorización conferida.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro