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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41038
Fecha: 2012-08-17
Carátula: CRESPO Florencia S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: regulacion por dos etapas
General Roca, 17 de agosto de 2012.s-
Agréguese el informe acompañado.-
Regulo, por la primera etapa los honorarios profesionales del Dr. Juan Rodrigo Romera Bueno en $ 210 , los del Dr. Luis Ancalao Pulgar en la suma de $ 210, los de la Dra. Bárbara Sánchez Pulgar en $ 210 a cargo de los herederos y los del Dr. Juan Rodrigo Romera Bueno en $105, los del Dr. Luis Ancalao Pulgar en la suma de $105 los de la Dra. Bárbara Sánchez Pulgar en $ 105 a cargo del cónyuge supérstite.-
Regulo por la segunda etapa los honorarios profesionales de la Dra. Bárbara Sanchez Pulgar en la suma de $ 630 a cargo de los herederos y en la suma de $ 315 a cargo de la cónyuge supérstite (M.B. $ 11.071,44- arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla .
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse condiciones de dominio, gravamenes debidamente actualizadas y libres deudas de rentas (no surge del oficio agregado a fs. 86/7), de la Municipalidad, atento las constancias de fs. 91.-
Asimismo deberá acompañarse certificado de inhibiciones del causante, actualizado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro