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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40663
Fecha: 2012-08-17
Carátula: CATALAN Daniel Cesar C/ MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA y otros S/ ORDINARIO
Descripción: Traslado revocatoria e intimación
Expte. 40663.-
//neral Roca, 17 de agosto de 2012.-j
Proveyendo el escrito de fs. 500, al punto 1, de la revocatoria interpuesta, traslado. Not.-
Se deja constancia que la providencia a la que hace referencia es del 10.07.12 y no del 13.07.12 (fs. 490).-
Al punto 2, sin perjuicio que en este acto la actuaria certifica que en el Libro de Notas del Tribunal no obra ninguna constancia del profesional sobre lo manifestado y siendo que efectivamente fueron acompañados sólo (2) juegos de pericia practicada, suspéndase el plazo de traslado de la pericia psicológica con respecto al Dr. Silva (Municip. Gral. Roca).-
Intímase a la perito psicóloga a que en el plazo de tres días acompañe el juego de copias faltante, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 120 del CPC. Not.-
Al punto 3, atento el estado de autos, a lo solicitado oportunamente.-
Proveyendo el escrito de fs. 501/2, de la impugnación de pericia, traslado al perito psicólogo. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro