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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0814/2010
Fecha: 2012-08-16
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CAFRE MIGUEL ANTONIO S/ EJECUTIVO
Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION - EMBARGO
EXPTE. No 0814/2010
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ CAFRE MIGUEL ANTONIO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2012.-
Agréguese. Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 41 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 4.107,30 en concepto de liquidación aprobada, importes calculados al 31/07/2012.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a su sola presentación y de los fondos que ingresen en la cuenta de autos nº 122025216 a la Dra. Mariana Inés Drago (DNI nº 24.829.490) hasta cubrir la suma de $ 4.107,30 en concepto de saldo de liquidación aprobada, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Sr. MIGUEL ANTONIO CAFRE (DNI Nº 16.180.222) como empleado del MINISTERIO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO hasta cubrir la suma de $ 3.517 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.177 presupuestado provisoriamente para responder por costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma-.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro