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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0989/2011
Fecha: 2012-08-16
Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ PEREZ DIEGO AMADEO S/ EJECUTIVO
Descripción: NO HA LUGAR
EXPTE. N° 0989/2011
CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ PEREZ DIEGO AMADEO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2012.-
A diligenciamiento de la cédula bajo responsabilidad de la parte actora solicitado, no ha lugar, debiendo denunciarse nuevo domicilio o en su caso estarse a las disposiciones previstas en el art. 145 del C.Pr..-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro