Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0989/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-16

Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ PEREZ DIEGO AMADEO S/ EJECUTIVO

Descripción: NO HA LUGAR

EXPTE. N° 0989/2011

CARATULA: BANCO MACRO S.A. C/ PEREZ DIEGO AMADEO S/ EJECUTIVO

Viedma, agosto de 2012.-

A diligenciamiento de la cédula bajo responsabilidad de la parte actora solicitado, no ha lugar, debiendo denunciarse nuevo domicilio o en su caso estarse a las disposiciones previstas en el art. 145 del C.Pr..-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro