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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41161
Fecha: 2012-08-16
Carátula: VAZQUEZ Eduardo Martin y Otra C/ VALLEJOS Danila S/ ORDINARIO
Descripción: certificación de prueba
General Roca, 16 de agosto de 2012.s-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que habiendo vencido el período probatorio, de la prueba oportunamente ofrecida por la parte actora, ha sido realizada: documental, instrumental (el beneficio de litigar sin gastos no se encuentra concluido).No le resta producir prueba alguna.-
De la prueba ofrecida por la parte demandada, ha sido realizada: confesional, testimonial. Resta realizar pericial accidentológica.-
Secretaría, 16 de agosto de 2012.s-
Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante
General Roca, 16 de agosto de 2012.s-
Téngase presente la certificación que antecede.-
Téngase presente el desistimiento de la prueba restante de producir por la parte demandada.-
Atento las constancias de autos, clausúrese el período probatorio. Not.-
Fecho, pónganse los autos en Secretaría, a fin de que las partes aleguen por su orden.-
Hágase saber que las presentes actuaciones no pasarán autos para sentencia hasta tanto se encuentre concluido el beneficio de litigar sin gastos.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro