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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40858
Fecha: 2012-08-16
Carátula: ROMERO Edgardo Oscar S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: REGULA
//neral Roca, 16 de AGOSTO de 2.012.=
Agréguese.
Regulo, por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Roque La Pusata en la suma de $4.000.-a cargo de los herederos y por la suma de $2.000.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $53.805.- fs. 50 y 57 arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a la inscripción deberá acompañarse libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro