Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40156

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-16

Carátula: RAILE Maximiana S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: previo

General Roca, 16 de agosto de 2012.s-

Téngase presente el dictamen realizado por Rentas.-

No habiéndose expedido el Tribunal respecto de la eximición de la publicación edictual en el diario Río Negro, y atento las constancias de fs. 12, 20, 24 y 25 último párrafo, acompáñese la certificación solicitada por Rentas.-

Asimismo deberá acompañarse original o fotocopia debidamente certificada el certificado de defunción obrante a fs. 22 de Antonio Paillacoy.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro