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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40156
Fecha: 2012-08-16
Carátula: RAILE Maximiana S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: previo
General Roca, 16 de agosto de 2012.s-
Téngase presente el dictamen realizado por Rentas.-
No habiéndose expedido el Tribunal respecto de la eximición de la publicación edictual en el diario Río Negro, y atento las constancias de fs. 12, 20, 24 y 25 último párrafo, acompáñese la certificación solicitada por Rentas.-
Asimismo deberá acompañarse original o fotocopia debidamente certificada el certificado de defunción obrante a fs. 22 de Antonio Paillacoy.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro