Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0292/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-15

Carátula: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0292/2007.-

CARATULA: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 203 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (Valdez)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INSTRUMENTAL: Los autos caratulados: "Tagliani Edgardo s/ Presunta Infracción art. 289 inc. 3° C.P." (Expte. 37/36/02) reservado en Secretaría, bajo registro V-03/12 (fs. 200 vta.).-

INFORMATIVA: 1) A la Asociación de titulares de Taxi de Viedma a fs. 201. 2) A la Municipalidad de Viedma a fs. 109. 3) A la Dirección General de Rentas de Río Negro a fs. 118. 4) A la Administración Federal de Ingresos Públicos a fs. 112.-

TESTIMONIAL: De los sres. Carlos Horacio Balzi y Juan Horacio Zeki, registrado de manera audiovisual (filmación), bajo registro TV080821_0955_001.avi y TV080821_1005_001.avi. (fs. 121), del sr. Gastón Schneider desistida a fs. 121 y del sr. Edgardo Tagliani se la tuvo por desistida a fs. 203.-

PERICIAL MECANICA: Informe pericial a fs. 137/141.-

SECRETARIA, agosto de 2.012.-

E Z

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, agosto de 2.012.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

Rosana Calvetti

Juez

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