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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0292/2007
Fecha: 2012-08-15
Carátula: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota
EXPTE. Nº 0292/2007.-
CARATULA: VALDEZ RUBEN HORACIO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO.-
C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 203 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PRUEBA ACTORA (Valdez)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Los autos caratulados: "Tagliani Edgardo s/ Presunta Infracción art. 289 inc. 3° C.P." (Expte. 37/36/02) reservado en Secretaría, bajo registro V-03/12 (fs. 200 vta.).-
INFORMATIVA: 1) A la Asociación de titulares de Taxi de Viedma a fs. 201. 2) A la Municipalidad de Viedma a fs. 109. 3) A la Dirección General de Rentas de Río Negro a fs. 118. 4) A la Administración Federal de Ingresos Públicos a fs. 112.-
TESTIMONIAL: De los sres. Carlos Horacio Balzi y Juan Horacio Zeki, registrado de manera audiovisual (filmación), bajo registro TV080821_0955_001.avi y TV080821_1005_001.avi. (fs. 121), del sr. Gastón Schneider desistida a fs. 121 y del sr. Edgardo Tagliani se la tuvo por desistida a fs. 203.-
PERICIAL MECANICA: Informe pericial a fs. 137/141.-
SECRETARIA, agosto de 2.012.-
E Z
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, agosto de 2.012.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro