Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0154/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-14

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERRANO BENIGNO S/ ORDINARIO

Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.

EXPTE. Nº 0154/2004

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ SERRANO BENIGNO S/ ORDINARIO

En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 14 días del mes de agosto de 2.012, siendo las 10:00 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, la Dra. MARIA VALERIA CORONEL apoderada de la PROVINCIA DE RIO NEGRO a la audiencia dispuesta por el art. 361 del CPCC. Abierto el acto por la Sra. Juez se fija el objeto de prueba consistente en determinar los hechos expuestos en la demanda. A continuación la parte actora solicita que se declare la cuestión de puro derecho, a lo que se hace lugar en este acto y se ordena poner los autos en Secretaría por 5 días (art. 359 del CPCC). Con lo que terminó el acto, firmando la compareciente, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-

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Poder Judicial de Río Negro