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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0455/2010
Fecha: 2012-08-14
Carátula: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: ACTA AUDIENCIA ART. 361 del C. Pr.
EXPTE. Nº 0455/2010
CARATULA: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro a los 14 días del mes de agosto de 2.012, siendo las 10,30 horas, comparecen ante este Juzgado Civil Nº 3 y en estos autos, el Dr. Martín Lejarraga, letrado apoderado de los Sres. FEDERICO MARTIN CALVO FAAS y ZULMA ALICIA FAAS, el Sr. OSCAR NESTOR CALVO (L.E. nº 8.213.887) junto a su letrado apoderado Dr. Mauricio Merlotti y el Dr. Cosme Nacci, apoderado de la PROVINCIA DE RIO NEGRO, a la audiencia dispuesta por el art. 361 del CPCC. Abierto el acto por la Sra. Juez y luego de dialogar con las partes, manifiestan que se encuentran en tratativas a fin de arribar a un acuerdo conciliatorio, razón por la que solicitan se suspenda la presente audiencia hasta el momento en que cualquiera de las partes solicite su reanudación. Oído lo cual la Sra. Juez resuelve hacer lugar a lo peticionado por las partes. Con lo que terminó el acto, firmando los comparecientes, previa lectura y ratificación de lo actuado, por ante mí y después de hacerlo la sra. Juez de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro