Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0619/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-13

Carátula: SALCEDO STELLA MARYS Y OTRO C/ GALANTINI AMADEO DANTE CARLOS S/ USUCAPION

Descripción: INICIA USUCAPION - ordinario nuevo

EXPTE. N° 0619/2012

CARATULA: SALCEDO STELLA MARYS Y OTRO C/ GALANTINI AMADEO DANTE CARLOS S/ USUCAPION

Viedma, agosto de 2.012.-

Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituído el domicilio.-

Por promovida demanda de adquisición de dominio por Usucapión respecto del inmueble identificado con la nomenclatura catastral 18-1-B-709-02, inscripto al Tomo 602, Folio 62 y al Tomo 904, Folio 173, Finca nº 118.720, la que tramitará de conformidad con lo dispuesto por el art. 789 del C.Pr. por la vía ordinaria (art. 319 del C.Pr.) contra Amadeo Dante Carlos Galantini. Córrasele traslado por el término de quince (15) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, oponga excepciones dentro del plazo de ley y acompañe la documental de que intenten valerse, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59, 60 y 356 del C.Pr., haciéndosele saber que tanto su silencio como las respuestas evasivas o la negativa general se estimará como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos expuestos en la demanda, como reconocimiento o recepción de la documentación presentada y que en caso de decretarse su rebeldía se eximirá a la contraparte de acreditar los hechos invocados, que se tendrán por ciertos, salvo que fueran inverosímiles. Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339 y l35 C.Pr.). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

A los fines que se expida con relación a los sellados abonados a fs. 1, pasen las actuaciones en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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