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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00325-037-09
Fecha: 2012-08-13
Carátula: ABDALA SAINT DENIS ELSA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: Certificación prueba
Expediente Nro.00325-037-09
CERTIFICACION DE PRUEBA:
Sr.Presidente: Certifico en cuanto ha lugar y por derecho que el término de producción de prueba se encuentra vencido, habiéndose producido la siguiente:
ACTORA:
INSTRUMENTAL: Expediente administrativo de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche nro. 83248-S-08 ofrecido a fs. 6 y reservado a fs. 26 bajo nro.257.
TESTIMONIAL: Ofrecida a fs. 6. Ordenada a fs. 41. Producida de la siguiente manera Sonia Rangone a fs.52: Carlos Angeli a fs. 53 y Ezequiel Percudo no fue notificado.
DEMANDADA:
INSTRUMENTAL: Expediente administrativo de la Municipalidad de S.C. de Bariloche nro. 83248-S-08 ofrecido a fs. 24 y reservado a fs. 26 bajo nro. 257.
TESTIMONIAL: A fs. 67 se declara la caducidad de la declaración testimonial de Erica Thumann. A fs. 62 la demandada desiste de la declaración testimonial de Mario Villada. A fs. 63 se produce la testimonial de Guillermo Caruso.
Secretaría, 13 de agosto de 2012
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 13 de agosto de 2012
Téngase presente la certificación que antecede. Clausúrase el período probatorio. Notifíquese.
Cumplido. Pónganse los autos a disposición de las partes a los fines de los alegatos (art. 482 CPCC).
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro