Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1068/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-09

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TRANAMAN DORA HAYDEE S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: ORDENA MANDAMIENTO CON LOS NUEVOS RECAUDOS

EXPTE. Nº : 1068/2009.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ TRANAMAN DORA HAYDEE S/ DESALOJO (Sumarísimo).-

Viedma, agosto de 2.012.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo particularmente en cuenta la firmeza de la sentencia obrante a fs. 71/72, que en el caso ha sido garantizado de manera efectiva el ejercicio del derecho de defensa de la demandada y teniendo en cuenta el resultado de la diligencia de fs. 75, líbrese mandamiento ordenando a los ocupantes del inmueble sito en calle Las Heras 1675, Escalera 4 - P.B. "C" del plan 400 viviendas de esta ciudad a dar cumplimiento con la orden de deshaucio oportunamente dispuesta bajo apercibimiento de desobediencia judicial y girar las actuaciones a la justicia penal.-

Asimismo, sin perjuicio de lo aquí dispuesto y a los fines de dar cumplimiento con las directivas de la Observación General Nº 7 del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CDESC) (conf. args. "BJC s/denuncia usurpación s/casación" Expte Nº 25052/11 STJ) con el objeto de evitar perjuicios mayores que excedan la protección de los derechos que se pretenden asegurar autorízase al sr. Oficial de Justicia a solicitar el acompañamiento de la policía local, quien deberá resguardar a los intervinientes en el acto y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser menester. A tal fin ofíciese.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro