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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0589/2012
Fecha: 2012-08-08
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ LOBOS SEBASTIAN AMERICO S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA INICIAL - reserva documental
EXPTE. Nº 0589/2012
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ LOBOS SEBASTIAN AMERICO S/ EJECUTIVO
Viedma, agosto de 2.012.-
Por presentada, parte y por constituído el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada, resérvese la original en Secretaría bajo registro C-191/12 y estése a la resolución que a continuación se dicta.-
Hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 20,95, Aporte al Colegio Abogados: $1,60 y Aporte al SITRAJUR (Ley 4459): $ 1,60 se ordenan con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-
Oblese la suma de $ 4,80 en concepto de diferencia en aporte bono Ley 2897.-
jc
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro