Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 23295IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-21

Carátula: ARMADA Julio S/ Pedido de Quiebra

Descripción: regulacion/7vta despacho

General Roca, 21 de marzo de 2.006.-

Regulo los honorarios de los Dres. Carlos Osvaldo Larroulet y Omar Rubén Lsttoulry, por las tareas cumplidas y al sólo efecto de la ley 869, en $ 5.- y

$ 5.- respectivamente. (MB: $ 15.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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