Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0499/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-20

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASOCIACION CIVIL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR S/ RETIRO DE PERSONERIA JURIDICA

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano 80 (const)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ASOCIACION CIVIL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR S/ RETIRO DE PERSONERIA JURIDICA", Expte. Nº 0499/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo de 2.005.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 49/51 y ordenar el retiro de la personería a la Asociación Civil de Defensa del Consumidor.--.II. Imponer las costas la demandada (art. 68 ap. 1° C. Pr.) y regular los honorarios de la Dra. María Valeria Coronel en la suma de $ 400 (10 jus) (conf. arts. 6, 8, 49 y conc. L.A.). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.--.III. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, marzo de 2.006.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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