Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0570/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-20

Carátula: OLIVERA IRMA ISABEL C/ CARAMILLA HAIDE GREGORIA S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION LIQUIDACION (DOLAR) Y REG. HON.

EXPTE. Nº 0570/2004

AUTOS: OLIVERA IRMA ISABEL C/ CARAMILLA HAIDE GREGORIA S/ EJECUTIVO

Viedma, marzo de 2.006.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 31 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho y así corresponder en la suma total de $ 3.434,36, discriminados de la siguiente manera: la suma de $ 116,36 en concepto de gastos causídicos e intereses a la tasa mix y la suma de $ 3.318 por capital convertido a moneda de curso legal, más un intereses del 6 % anual atento la naturaleza extranjera de la moneda reclamada en autos, todo al 31-01-2006.-

Atento lo resuelto en el punto II de la sentencia dictada a fs. 15 y vta. y teniendo en cuenta el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Hugo Lapadat, en la suma de $ 383 M.B.: $ 3.318, coef. 11 % red. en un 25 % y 40 %. (arts. 7, 8, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Hugo Lapadat a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 383 por honorarios y la de $ 3.434,36 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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