Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0564/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-01

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: debe cumplir con las disposiciones del decreto invocado

EXPTE. Nº 0564/2012

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Viedma, agosto de 2.012.-

Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documental acompañada.-

Teniendo en cuenta la representación invocada y atento el derecho que persigue, previamente la parte actora deberá realizar las gestiones para dar cumplimiento con lo normado en el Decreto nº 649/12.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro