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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0564/2012
Fecha: 2012-08-01
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Descripción: debe cumplir con las disposiciones del decreto invocado
EXPTE. Nº 0564/2012
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)
Viedma, agosto de 2.012.-
Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada.-
Teniendo en cuenta la representación invocada y atento el derecho que persigue, previamente la parte actora deberá realizar las gestiones para dar cumplimiento con lo normado en el Decreto nº 649/12.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro