Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0565/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-08-01

Carátula: LARRABURU MARTA Y OTRO C/ MR. JONNY S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PROV.-PREVIO

EXPTE. Nº : 0565/2012.-

CARATULA: "LARRABURU MARTA Y OTRO C/ MR. JONNY S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)".-

VIEDMA, agosto de 2012.-

Por presentados, parte y por constituído domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada. Surgiendo de la misma y del escrito de demanda diferencia en el nombre de la actora Marta Larraburu, aclárese.-

Previo a todo, denúnciese el domicilio de los demandados.-

Asimismo, repóngase la suma de $ 2.748,58 por impuesto de justicia; la suma de $ 17,50 por sellado de actuación; y la suma de $ 201,68 en concepto de aportes al Colegio de Abogados y Sitrajur, respectivamente.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá integrar la suma de $ 4,80 para cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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