Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37356

N° Receptoría:

Fecha: 2006-03-20

Carátula: EPIFANIO Justo Emilio y otros C/ Hernandez de Garcia Mirta Mabel.- S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: inicio.-

General Roca, 20 de Marzo de 2006.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Certifique el actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr.JUEZ:

CERTIFICO: Que por ante esta secretaria a mi cargo, tramitan los autos caratulados:HERNANDEZ DE GARCIA MIRTA M.C / BAKUA SRL. Y OTRA S/SUMARIO Expte. (35577-3-03), en los cuales a fs.85 y vta. se encuentran regulados los honorarios de Dr. Epifanio Hugo Raul de $1.028, Epifanio Justo Emilio de $1.285, y Garro Joaquin Nicolás $1.285 debidamente notificados y firmes.-La señora Hernandez de Garcia Mirta Mabel tiene domicilio real en Libertad 1451 de la ciudad de Allen , y constituye el mismo en España 1759 de la ciudad de General Roca fs.39, siendo su patrocinante el Dr. Santiago Nilo Hernandez.-

Secretaria, 20de Marzo de 2006.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 20 de Marzo de 2006.-

Al punto II: Librese mandamiento de embargo contra la la Sra. Mirta Mabel Hernandez de Garcia, con domicilio en Libertad 1451 de la ciudad de Allen, por las suma de ( $ 3.598 en concepto de honorarios y $ 179,90 5% de caja forense)lo que totaliza la suma total ($3.777,90)en concepto de capital reclamado con más ($1.600)que se calculan para intereses y costas.-

Tengase presente.-

Atento lo peticionado, desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Adrian Villanueva, quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.

Oportunamente, cítese de venta a la demandada por el término de cinco días en el domicilio legal constituído.- A cuyo fin librese cedula.-

Hagase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf. Acord. 112/o3 de STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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