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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37308
Fecha: 2006-03-20
Carátula: CREDIL S.R.L. c/ GANGAS Silvana Lorena S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio de embargo.-
//neral Roca, 20 de Marzo de 2006.-
Al punto 1, agréguese y téngase presente.-
Al punto 2, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 710 en concepto de capital con más la suma de $ 300 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados en el Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro