Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00001-000-05

N° Receptoría:

Fecha: 2012-07-30

Carátula: ESCRITOS Nº 1 / S/ VARIOS,

Descripción: Resolución 400 (Protección derecho niños y adolecentes)

Expte. nro.: 00001-000-05

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

R E S O L U C I O N Nº 4 0 0

Viedma, 13 de Julio de 2012.-

-----VISTO: la solicitud realizada por el Vocal del Consejo Directivo de la Escuela de Capacitación Judicial, Lic. Luis Cabello en materia de capacitación para el Ministerio Público para el año 2012, y

C O N S I D E R A N D O :

-----Que en dicha solicitud, se encuentra el pedido de realización de un Curso de Capacitación sobre “LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – NUEVAS PRÁCTICAS”, a cargo del Dr. Emilio GARCÍA MÉNDEZ, Profesor Titular Regular Cátedra de Criminología, Facultad de Psicología, Universidad de Buenos Aires y Presidente de la Fundación Sur-Argentina y de la Dra. Laura Cristina MUSA, Asesora General Tutelar, Ministerio Público, Poder Judicial de la Ciudad de Buenos y Directora de Proyectos de la Fundación Sur Argentina, cuyos objetivos y programa se incorporan a la presente como Anexo I .-

-----Que se propone que dichas Jornadas se realicen los días 9 y 10 de agosto de 2012, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, en los horarios de 14.00 a 18.30 hs..-

-----Que como toda actividad de capacitación, la organización del mencionado evento estará a cargo de la Escuela Judicial con la colaboración de la Gerencia Administrativa de S.C. Bariloche y la Dirección de Ceremonial y Protocolo del Superior Tribunal de Justicia.-

-----Que la Administración General deberá adoptar los recaudos necesarios a los fines de proveer los medios para la realización de dichas actividades.-

-----Que dada la importancia de la temática que se abordará en dicho Curso, corresponde hacer saber a los Jueces y Secretarios de Familia, Jueces y Secretarios del Fuero Penal, Consejeros de Familia, integrantes del Servicio Social e integrantes de las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Tercera Circunscripción Judicial que deberán asistir, con carácter obligatorio -acorde a lo establecido por la Acordada Nro. 12/2005 STJ, apartado 16), con ajuste al inc. 8) del art. 206 de la C.P. y el art. 69º de la Ley K 2430 Orgánica del Poder Judicial, segundo párrafo- al curso de capacitación sobre LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – NUEVAS PRÁCTICAS”, dictado por los Dres. Emilio García Méndez y Laura Cristina Musa, invitando a la Sra. Procuradora General a hacer lo propio con los funcionarios del Ministerio Público.-

-----Por ello,

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E :

1ero.) APROBAR la realización del Curso de Capacitación sobre LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – NUEVAS PRÁCTICAS”, dictado por los Dres. Emilio García Méndez y Laura Cristina Musa, para los días 9 y 10 de agosto de 2012, en la sede del Poder Judicial, sito en John O'Connor 20 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, (horario: 14.00 a 18.30 hs.), el cual será organizado por la Escuela de Capacitación Judicial, con la colaboración de la Gerencia Administrativa de S.C. Bariloche y la Dirección de Ceremonial y Protocolo del Superior Tribunal de Justicia-

2do.) BRINDAR una amplia difusión de dicha actividad académica, a través de la Dirección de Medios de Comunicación Social y la Secretaría de la Escuela de Capacitación Judicial.----

3ro. DISPONER que la Administración General adopte los recaudos necesarios a los fines de proveer los medios para la realización de dichas actividades.

4to. HACER saber a todos los Jueces y Secretarios de Familia, Jueces y Secretarios del Fuero Penal, Consejeros de Familia, integrantes del Servicio Social e integrantes de las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Tercera Circunscripción Judicial, que deberán asistir, con carácter obligatorio - acorde a lo establecido por la Acordada Nro. 12/2005 STJ, apartado 16), con ajuste al inc. 8) del art. 206 de la C.P. y el art. 69º de la Ley K 2430 Orgánica del Poder Judicial, segundo párrafo, invitando a la Sra. Procuradora General a hacer lo propio con los funcionarios del Ministerio Público.

5to.) NOTIFICAR a la Procuración General; a la Superintendencia General de la Tercera Circunscripción General; a la Fiscalía General y a la Defensoría General, para su conocimiento.

6to.) Regístrese, notífiquese y oportunamente archívese.

FDO. VÍCTOR HUGO SODERO NIEVAS – PRESIDENTE STJ

ENRIQUE JOSÉ MANSILLA – JUEZ S.T.J.

SERGIO MARIO BAROTTO – JUEZ S.T.J.

ANTE MÍ: STELLA MARIS LATORRE – SECRETARIA S.T.J.

ANEXO I – RESOLUCIÓN NRO. 400/12 STJ

Objetivos de la capacitación:

Profundizar los lineamientos básicos de las nuevas leyes de la infancia y del modelo de protección integral de la niñez para que los participantes puedan dar rápida y eficaz respuesta a la situación de vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes en la Provincia de Río Negro.

Programa:

Modulo I: Derogación del Patronato y su reemplazo por el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. La desjudicialización de los problemas sociales. Prohibición de la separación del medio familiar por cuestiones de pobreza El acceso universal a políticas publicas. El rol de poder administrador en el fortalecimiento de la familia. La separación excepcional del niño de su familia. Excepcionalidad, transitoriedad y debido proceso legal para su procedencia. El rol del Poder Judicial.

Modulo II: La consideración del niño como sujeto de derechos. El interés superior del niño como principio garantista. El reconocimiento de su autonomía progresiva. El derecho del niño a ser oído en todo asunto que lo involucra. El derecho del niño a designar abogado de confianza en todo proceso judicial o administrativo que lo incluya Desafíos para su implementación. Diferencia con el asesor de menores. La capacitación de los profesionales que “escuchan” al niño.

(a cargo de la Dra. Laura MUSA)

Modulo III: Régimen Penal de la Minoridad (Decreto Ley 22.278). Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. La excepcionalidad de la privación de la libertad y la aplicación de sanciones alternativas. El estricto cumplimiento de las garantías del debido proceso legal. El rol del abogado de confianza de niños, niñas y adolescentes. La prohibición de persecución penal para el caso de los menores no punibles. El control de los lugares de privación de libertad.

Modulo IV: Infancia, derechos sociales y política pública. Breve introducción a las políticas públicas. Descripción crítica de los paradigmas dominantes. El Modelo de Naciones Unidas para la Protección Integral de los Derechos del Niño. La ley 26.061. Los mecanismos de exigibilidad administrativa y judicial de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

(a cargo del Dr. Emilio GARCÍA MÉNDEZ)

San Carlos de Bariloche, 30 de julio de 2012.-

Por recibido. Téngase presente. Hágase saber.

Angela Alba Posse

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro