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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32800IV
Fecha: 2012-07-30
Carátula: BANCO BANSUD S.A. C/ MERINO Hector Antonio S/ EJECUTIVO
Descripción: Regulación
Expte. 32800IV.-
//neral Roca, 30 de julio de 2012.-j
Proveyendo el escrito de fs. 214, hágase saber lo dictaminado por Rentas.-
Proveyendo el escrito de fs. 215, estando vencido el traslado conferido a fs. 195, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 193 por la suma de $9.456,55 al 06/03/12.-
Regulo honorarios complementarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $ 456.- (M.B. $5.060,87 -arts. 6, 7, 8 y 41 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro