Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42009

N° Receptoría:

Fecha: 2012-07-13

Carátula: GUTIERREZ Ana Maria S/ AMPARO (IPROSS)

Descripción: acta- proveido OFICIOS a cedulas

En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, siendo las 09,49 hs. del día 10 de julio de 2012, comparece ante mi Secretaria Autorizante el Sr. Edgardo Quesada, D.N.I. N° 14.169.126, argentino, casado, empleado judicial, con domicilio real en calle Neuquen 2162 de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar acción de amparo a favor de su esposa Sra. ANA MARIA GUTIERREZ, contra IPROSS, en razón que por ser paciente oncológico, del Dr. Zenon Beguelin a los fines de llevar a cabo el tratamiento solicitó la provisión de medicación PAMIDRONATO 90 MG., DEXAMETASONA 8 mg., VORTEZOMIB 3,5 MG. que dicha medicación fue solicitada con fecha 26 de JUNIO de 2012, y a la fecha no han sido provistos.- Que la aplicación esta programada para hoy o mañana con internación en Cipolletti, y a la fecha IPROSS no los ha provisto, lo cual acarrea serios problemas de salud con riesgo de vida.- Aclara también que dicha medicación no puede ser comprada en farmacia por el tipo de droga que contiene.- La demora en el tratamiento puede provocar metástasis, frente a lo cual no hay solución.- Que de no llevarse a cabo puede ocasionarle perjuicios irreparables en la salud, ya que se trata de una enfermedad complicada que debe ser tratada debidamente, caso contrario corre riesgo su vida.- En razón de ello peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial se ordene a IPROSS a fin de que provea la medicación solicitada de la manera mas urgente posible.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma el compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 10 de julio de 2012.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-

Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

IPROSS ademas del amplio informe requerido debera responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si la paciente ANA MARIA GUTIERREZ es afiliada a dicha obra social, bajo N° -3-16.759.507 y en su caso si su cobertura esta vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que la misma padece una de una enfermedad oncológica.-

3.- Si ha gestionado la provisión de medicamentos con fecha 26-06-12 por parte de su medico tratante Dr. Beguelin, y en su caso respuesta dada por el organismo.-

Asimismo líbrese oficio al Dr. Zenon Beguelin a fin de que informe:

1.- Si atiende a la paciente Ana Maria Gutierrez, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha solicitado a IPROSS la provisión de medicamentos oncológicos.- En su caso fecha prevista para la aplicación.-

3.- Consecuencias que puede padecer la paciente en caso de no recibir la medicación solicitada.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

General Roca, 10 de julio de 2012.-

A IPROSS

Oficio Nro. 964

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana Maria S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 42009) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que en el término de 48 hs. brinde un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista respecto de la Sra. ANA MARIA GUTIERREZ (Afiliada 3-16759507/0).- Además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si la paciente ANA MARIA GUTIERREZ es afiliada a dicha obra social, bajo N° -3-16.759.507 y en su caso si su cobertura esta vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que la misma padece una de una enfermedad oncológica.-

3.- Si ha gestionado la provisión de medicamentos con fecha 26-06-12 por parte de su medico tratante Dr. Beguelin, y en su caso respuesta dada por el organismo.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 10 de JULIO de 2012.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":-

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante

General Roca, 10 de JULIO de 2012.-

Al Dr. ZENON BEGUELIN

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 965

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana Maria S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41912) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs. :

1.- Si atiende a la paciente Ana Maria Gutierrez, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-

2.- Si ha solicitado a IPROSS la provisión de medicamentos oncologicos.- En su caso fecha prevista para la aplicación.-

3.- Consecuencias que puede padecer la paciente en caso de no recibir la medicación solicitada.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 10 DE JULIO de 2012.- ... líbrese oficio al Dr. Zenon Beguelin ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos- Juez":_

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana Maria S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 42009) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 10 de julio de 2012... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *

NOTA: Se deja constancia que se adjunta copia del acta que se menciona.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 13 de julio de 2012.-

Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante

DIRECCION DE FISCAL DE ESTADO: 25 DE MAYO 565-1º PISO

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "GUTIERREZ Ana Maria S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 42009) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 10 de julio de 2012... Notifíquese por cédula al Sr. Gobernandor y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *

NOTA: Se deja constancia que se adjunta copia del acta que se menciona

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 13 de julio de 2012.-

Dra.PAULA M. CHIESA Secretaria Subrogante

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