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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0840/2011
Fecha: 2012-07-12
Carátula: VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION
Descripción: NULIDAD NOTIFICACION - notificar Parenti
EXPTE Nº 0840/2011
CARATULA: VAZQUEZ LUIS ALBERTO C/ CASA PATERNO S.A. Y OTRA S/ USUCAPION
Viedma, julio de 2.012.-
Surgiendo de la diligencia efectuada a fs. 74/75 que el oficial interviniente ha diligenciado la cédula de notificación bajo responsabilidad de la parte actora (fs. 75) y sin consignar si allí se encuentra la sociedad demandada, por ello teniendo en cuenta la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, de conformidad con lo previsto en el art. 149 del CPCC corresponde decretar su nulidad, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Atento las razones invocadas y constancias de la causa, notifíquese a Prodico Sociedad Anónima Comercial, Industrial e Inmobiliaria hoy Parenti - Mai S.A., en el domicilio denunciado. Líbrese la correspondiente cédula de notificación.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro